ACLARACIÓN LEYES CULTURA

25.08.2015 21:15
1. LEY 397 DE 1997 (agosto 7) por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política de 1991 y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias. 
2.  LEY 397 DE 1997 Reglamentada parcialmente por los Decretos Nacionales 833 de 2002 , 763,  2941 de 2009, 1100 de 2014.
NOTA: La reglamentación del  Decreto 833 de 2002, se refiere al Patrimonio Arqueológico; la del Decreto 763 de 2009, en lo referente al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material y al Régimen Especial de Protección de los Bienes de interés Cultural. Por su parte el  Decreto  2941 de 2009, reglamenta  lo correspondiente al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza inmaterial. 

Por la cual se desarrollan los Artículos 70, 71 y 72 y demás Artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.

3. DECRETO NUMERO 1313 DE 2008 . por el cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 4° de la Ley 1185 de 2008, relativo al Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. Tener en cuenta: Ley 1185 de 2008 y Decreto 763 de 2009

4. MINISTERIO DE CULTURA DECRETO NÚMERO - 1100 DE 201417J "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008 en lo relativo al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza documental archivística y la Ley 594 de 2000 y se dictan otras disposiciones" 
 
Que la Ley 1185 de 2008 modificó integralmente el Título 11 de la Ley 397 de 1997 relativo al Patrimonio Cultural de la Nación, estableció el Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación y fijó un Régimen Especial de Protección y estímulo para los bienes de dicho Patrimonio, que por sus especiales condiciones o representatividad hayan sido o sean declarados como Bienes de Interés Cultural. Que la Ley 1185 de 2008, modificatoria de manera integral del Título 11 de la Ley 397 de 1997, estableció que el Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación tiene incidencia en todos los niveles territoriales y está bajo la coordinación general del Minisferio de Cultura, el cual tiene la facultad de fijar los lineamientos técnicos y administrativos a los que deben sujetarse las entidades y personas que integran dicho sistema, haciéndose necesario que el Gobierno Nacional reglamente la mencionada legislación y fije los parámetros generales para la actuación de esa Cartera. Que el artículo 75 del Decreto 763 de 2009 "Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 814 de 2003 y 397 de 1997 modificada por medio de la Ley 1185 de 2008, en lo correspondiente al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material", estableció en el Ministerio de Cultura la responsabilidad de reglamentar todos los aspectos relacionados con el tratamiento de los archivos en su carácter de Patrimonio Cultural de la Nación, incluidas las declaratorias como Bienes de Interés Cultural y la aplicación del Régimen Especial de Protección.